Categoría: Licencias y Trámites

  • ¿Cuánto se demora una licencia de construcción en Bogotá en 2026?

    El tiempo de una licencia de construcción en Bogotá es una de las primeras preguntas que hace cualquier propietario o constructora antes de arrancar un proyecto — y con razón: los plazos definen cuándo puedes empezar obra, cuándo puedes comprometer contratistas, y cuánto capital queda inmovilizado mientras esperas.

    La respuesta corta: el plazo legal máximo para que una curaduría urbana expida una licencia de construcción en Bogotá es de 45 días hábiles, contados desde que el proyecto queda radicado en debida forma. Pero ese número solo cuenta la etapa de revisión — el tiempo total real, sumando radicación, posibles correcciones y trámites previos, suele estar entre 3 y 6 meses de principio a fin.

    En este artículo desglosamos cada etapa para que sepas exactamente en qué se te va el tiempo y dónde puedes ganar semanas.

    El plazo legal: 45 días hábiles

    Según el Decreto 1077 de 2015 y sus modificaciones posteriores, la curaduría urbana tiene un máximo de 45 días hábiles para estudiar el proyecto desde el punto de vista jurídico, urbanístico, arquitectónico y de cumplimiento del NSR-10, y emitir una decisión: aprobar, negar, o requerir correcciones.

    Este plazo empieza a correr desde el día siguiente a la radicación, siempre que el trámite se haya radicado en legal y debida forma — es decir, con todos los documentos exigidos completos. Si radicas con documentos faltantes, el reloj de los 45 días ni siquiera empieza a correr hasta que subsanes.

    Las etapas reales del proceso, paso a paso

    1. Preparación de documentos y planos (antes de radicar)

    Esta etapa no tiene plazo legal porque depende enteramente de ti y de tu equipo técnico. Incluye: levantamiento de planos arquitectónicos, diseño estructural con memoria de cálculo NSR-10, estudio de suelos (si aplica), y reunir certificados como libertad y tradición, impuesto predial y norma urbanística.

    Tiempo real estimado: 3 a 8 semanas, dependiendo de la complejidad del proyecto y de si ya tienes arquitecto e ingeniero estructural contratados o hay que buscarlos.

    2. Radicación

    Entregas el paquete completo ante la curaduría urbana que elijas (en Bogotá puedes radicar en cualquiera de las curadurías, no hay restricción territorial por ubicación del predio) y pagas los derechos de radicación.

    Tiempo real: 1 día, si los documentos están completos.

    3. Revisión de requisitos formales

    La curaduría verifica que la documentación esté completa antes de asignar el proyecto a revisión técnica. Si falta algo, tienes 30 días hábiles para corregir sin perder el radicado.

    Tiempo real: unos días a 2 semanas, si todo está en orden desde el inicio.

    4. Estudio técnico y jurídico

    Aquí corre el plazo legal de 45 días hábiles. Los profesionales de la curaduría revisan cumplimiento normativo, urbanístico y estructural.

    Tiempo real: hasta 45 días hábiles (aproximadamente 9 semanas calendario).

    5. Correcciones, si las hay

    Si la curaduría encuentra observaciones, te notifica y tienes un plazo adicional (típicamente 30 días hábiles) para corregir y volver a presentar. Este es el punto donde más proyectos pierden tiempo — sobre todo cuando los planos no fueron revisados con suficiente rigor antes de radicar.

    Tiempo real: 10 a 30 días hábiles adicionales, si aplica.

    6. Expedición y registro

    Una vez aprobada, la licencia se expide y debes registrarla en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos antes de iniciar obra.

    Tiempo real: 1 a 2 semanas.

    Resumen: tiempo total estimado

    EtapaTiempo estimado
    Preparación de documentos y planos3-8 semanas
    Radicación1 día
    Revisión de requisitos formalesdías a 2 semanas
    Estudio técnico y jurídico (plazo legal)hasta 45 días hábiles
    Correcciones (si aplica)10-30 días hábiles
    Expedición y registro1-2 semanas
    Total sin correcciones~2.5 a 4 meses
    Total con una ronda de correcciones~4 a 6 meses

    Qué factores alargan el trámite

    • Documentación incompleta al radicar: es la causa número uno de demoras. Si falta un solo certificado, el proyecto queda en pausa hasta que lo completes.
    • Planos con errores normativos: cuando el diseño no cumple con índices de construcción, retiros o usos del suelo del POT, la curaduría emite observaciones que obligan a rediseñar.
    • Predios en zona de riesgo o BIC: si el proyecto requiere concepto técnico de riesgo (IDIGER) o está cerca de un Bien de Interés Cultural, se suman trámites previos que no dependen de la curaduría.
    • Estudios de tránsito: en proyectos comerciales o de cierto tamaño (no aplica a vivienda unifamiliar), la Secretaría de Movilidad puede exigir estudios adicionales que añaden semanas.

    Cómo reducir el tiempo real del trámite

    1. Verifica la norma urbanística antes de diseñar, no después. Confirmar el índice de construcción, usos permitidos y retiros en la etapa de anteproyecto evita rediseños costosos en tiempo.
    2. Contrata profesionales con matrícula vigente y experiencia en licenciamiento en Bogotá — un arquitecto o ingeniero que ya conoce los criterios específicos de cada curaduría comete menos errores que generan observaciones.
    3. Radica solo cuando el paquete esté 100% completo. Es tentador radicar rápido para “empezar a contar el tiempo”, pero si faltan documentos, el plazo legal ni siquiera arranca — terminas perdiendo más tiempo que si hubieras esperado unos días más para completar todo.
    4. Haz seguimiento activo a tu radicado en vez de esperar pasivamente la notificación — muchas curadurías permiten consultar el estado del expediente.

    Preguntas frecuentes sobre tiempos de licencia de construcción

    ¿Cuál es el plazo máximo legal para obtener una licencia de construcción en Bogotá? 45 días hábiles, contados desde la radicación en debida forma, según el Decreto 1077 de 2015.

    ¿Cuánto tiempo toma en la práctica, sumando todo el proceso? Entre 3 y 6 meses en total, contando preparación de documentos, radicación, revisión y posibles correcciones — no solo el plazo legal de revisión.

    ¿Qué pasa si la curaduría no responde dentro de los 45 días hábiles? El vencimiento del plazo sin respuesta puede dar lugar al silencio administrativo positivo en algunos casos, pero es un escenario excepcional y con implicaciones legales específicas — lo recomendable es hacer seguimiento activo antes de llegar a ese punto.

    ¿Puedo acelerar el trámite pagando algo extra? No existe una vía legal de “pago exprés” en las curadurías urbanas. La forma real de acelerar el proceso es evitar errores y documentación incompleta desde el inicio.

    ¿El tiempo es el mismo para todas las modalidades de licencia (ampliación, modificación, etc.)? El plazo legal de revisión (45 días hábiles) aplica de forma similar a las distintas modalidades, pero el tiempo de preparación previa varía: una modificación sobre una edificación existente suele requerir menos documentación nueva que una obra nueva desde cero.


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    En VISSSY SAS coordinamos directamente con las curadurías urbanas de Bogotá la radicación y seguimiento de licencias de construcción, para que tu proyecto no pierda tiempo por documentación incompleta o errores normativos evitables. Si estás por iniciar un proyecto, conoce cómo te acompañamos en el proceso.

  • Guía completa de licencias de construcción en Bogotá en 2026

    ¿Qué son las licencias de construcción en Bogotá?

    Las licencias de construcción es la autorización previa que expide una curaduría urbana para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y a la normativa vigente. En Colombia, esta figura está regulada principalmente por el Decreto 1077 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

    En términos simples: si vas a construir desde cero, ampliar, modificar la estructura, reforzar, demoler o cerrar un predio en Bogotá, necesitas este permiso antes de mover una sola pala de tierra. No es un trámite opcional ni un formalismo menor — es la garantía legal de que tu proyecto cumple con las normas urbanísticas y de sismorresistencia, y te protege de multas, suspensión de obra o incluso demolición.

    En Bogotá, la entidad encargada de expedir estas licencias es la curaduría urbana, una oficina pública (hay varias curadurías numeradas en la ciudad) que revisa, tramita y aprueba los proyectos según las normas urbanísticas y el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente (NSR-10).

    ¿Por qué necesitas una licencia de construcción?

    Toda intervención que modifique un inmueble en Colombia —levantar un piso adicional, ampliar un área, construir desde cero o incluso demoler— requiere licencia. No aplica solo a obra nueva: remodelaciones que afecten la estructura, la fachada o la distribución también la necesitan. La excepción son las reparaciones menores (pintura, cambios de acabados o de tuberías) que no alteran la estructura, para las cuales normalmente basta con un permiso de arreglo locativo ante la curaduría.

    Construir sin licencia en Colombia puede derivar en multas económicas, suspensión inmediata de la obra y, en los casos más graves, orden de demolición. Para un proyecto de inversión —ya sea tu vivienda o un edificio multifamiliar— esto no es un riesgo menor: compromete tanto el capital invertido como los tiempos de entrega.

    Tipos de licencias de construcción en Colombia

    Según el artículo 2.2.6.1.1.7 del Decreto 1077 de 2015 (modificado por el Decreto 1203 de 2017 y el Decreto 1783 de 2021), existen varias modalidades de licencias de construcción, cada una definida para un tipo específico de intervención:

    Obra nueva

    Autorización para adelantar obras de edificación en predios no construidos, o en predios cuya área quedó libre tras una demolición total. Es la modalidad que necesitas si vas a construir un edificio o vivienda desde cero.

    Ampliación

    Autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiendo como área construida la suma de las superficies de los pisos, sin contar azoteas ni áreas sin techar.

    Modificación

    Autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. Aplica, por ejemplo, cuando rediseñas la distribución interna de un apartamento sin ampliar metros cuadrados.

    Adecuación

    Autorización para cambiar el uso de una edificación o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble original.

    Reforzamiento estructural

    Autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles con el fin de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismorresistente, conforme a la Ley 400 de 1997 y el NSR-10.

    Restauración

    Autorización para adelantar obras que recuperen y adapten un inmueble, total o parcialmente, con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos y simbólicos. Es indispensable para intervenir edificaciones catalogadas como Bien de Interés Cultural (BIC).

    Reconstrucción

    Se emite para restaurar una construcción que haya sido afectada por una catástrofe, sin modificar sus dimensiones originales.

    Demolición

    Autorización para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones. Debe concederse de manera simultánea con cualquier otra modalidad de licencias de construcción a la que dé lugar el predio, salvo excepciones como obras viales o de servicios públicos ya contempladas en el POT.

    Cerramiento

    Autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada, con muros, rejas u otro tipo de cerramiento perimetral.

    Nota práctica: si tu proyecto en Bogotá está cerca o dentro del perímetro de un Bien de Interés Cultural, debes aportar el anteproyecto aprobado o la certificación de que el predio no tiene afectación patrimonial, sin importar qué modalidad de licencia estés tramitando.

    Requisitos para solicitar una licencia de construcción en Bogotá

    Aunque cada modalidad tiene requisitos específicos, estos son los documentos que casi siempre exige la curaduría para obra nueva:

    • Formulario único nacional de licencias urbanísticas
    • Copia de la cédula del propietario, o RUT y cámara de comercio si el solicitante es una empresa (no mayor a un mes de expedición)
    • Copia de las escrituras del predio
    • Copia del certificado de libertad y tradición (vigencia no mayor a 30 días)
    • Copia del impuesto predial al día
    • Plano de manzana catastral (se puede adquirir en la tienda virtual de Catastro Bogotá)
    • Poder autenticado, si aplica
    • Planos arquitectónicos firmados por un arquitecto con tarjeta profesional (CPNAA)
    • Planos estructurales con memoria de cálculo NSR-10, firmados por un ingeniero con tarjeta profesional (COPNIA)
    • Estudio de suelos, cuando el proyecto lo requiera según el Título H del NSR-10
    • Certificación de norma urbanística expedida por Planeación

    Para modalidades de ampliación, modificación, adecuación o reforzamiento, la curaduría además pedirá los soportes de la licencia original de la edificación existente.

    ¿Cuánto tiempo duran las licencias de construcción?

    La vigencia depende de la modalidad:

    • Licencias de construcción (modalidades generales) y de reconocimiento: 24 meses (2 años) contados desde la fecha de ejecutoria
    • Obra nueva: 3 años contados desde la fecha de expedición

    En ambos casos, el titular debe iniciar y ejecutar la obra dentro de ese periodo. Si no alcanzas a terminar, puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales antes de que venza la licencia, siempre que la obra esté en ejecución o exista una justificación válida. Se recomienda radicar la solicitud de prórroga con al menos 3 meses de anticipación al vencimiento.

    Es importante mencionar que este marco de vigencias ha tenido varios ajustes desde 2015: el Decreto 1077 fue modificado puntualmente por normas posteriores en lo relacionado con vigencia y prórroga de licencias urbanísticas, así que siempre vale la pena confirmar la fecha exacta de vencimiento en el documento de tu licencia, no asumirla por regla general.

    Cómo consultar una licencia de construcción en Bogotá

    Si necesitas verificar si un predio tiene una licencia ejecutoriada —por ejemplo, antes de comprar un inmueble o de iniciar una remodelación—, la Secretaría Distrital de Planeación pone a disposición el Sistema de Información de Norma Urbana y POT (SINUPOT), donde puedes consultar el histórico de licencias expedidas.

    El proceso es sencillo:

    1. Ingresa al portal de la Secretaría Distrital de Planeación (sdp.gov.co)
    2. Busca el enlace a SINUPOT en la sección de enlaces de interés, o entra directamente al visor
    3. Ingresa la dirección del predio o el CHIP catastral
    4. El sistema te mostrará el predio en el mapa y, si existen, los expedientes de licencias asociados
    5. Puedes generar un reporte informativo descargable en PDF con los datos reportados por las curadurías

    Esta base de datos contiene información de licencias ejecutoriadas desde 2008 en adelante y se actualiza mensualmente gracias al convenio con las curadurías urbanas de la ciudad.

    Preguntas frecuentes sobre licencias de construcción en Bogotá

    ¿Necesito licencia para remodelar mi apartamento? Depende del alcance. Si la remodelación no afecta la estructura, la fachada ni la distribución (por ejemplo, cambiar pisos, pintura o acabados), generalmente no necesitas licencia, aunque sí debes verificar el reglamento de propiedad horizontal de tu edificio. Si vas a mover muros, cambiar redes estructurales o modificar la distribución, sí requieres licencia de modificación o adecuación.

    ¿Cuál es la diferencia entre una licencia de ampliación y una de modificación? La ampliación incrementa el área construida de la edificación; la modificación cambia el diseño arquitectónico o estructural sin aumentar esa área.

    ¿Qué pasa si construyo sin licencia en Bogotá? Te expones a multas económicas, suspensión de la obra y, en los casos más graves, a una orden de demolición de lo construido sin autorización.

    ¿Quién expide las licencias de construcción en Bogotá? Las curadurías urbanas de la ciudad, que son oficinas públicas encargadas de revisar, tramitar y expedir las licencias conforme a las normas urbanísticas y de sismorresistencia vigentes.

    ¿Puedo prorrogar mi licencia de construcción si no termino la obra a tiempo? Sí. Puedes solicitar una prórroga de 12 meses adicionales antes del vencimiento, siempre que la obra esté en ejecución o presentes una razón válida ante la curaduría.


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    En VISSSY SAS gestionamos el proceso completo de licenciamiento y ejecución de proyectos residenciales multifamiliares y remodelaciones en Bogotá — desde la coordinación con curadurías hasta la entrega de acabados y carpintería. Si tienes un proyecto en marcha o en etapa de permisos, contáctanos para una asesoría inicial.